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¡SIN FUERO NO HAY PODER! ’EL FUERO SE HIZO ¡PARA MANTENER EL PODER Y EVITAR VENGANZAS!’

¡SIN FUERO NO HAY PODER!
’EL FUERO SE HIZO ¡PARA MANTENER EL PODER Y EVITAR VENGANZAS!’
Política
Octubre 14, 2025 10:35 hrs.
Política ›
Locutor Rene Narvaez › Informativo Nacional

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*Varios DIPUTADOS acusados de abuso sexual y fraudes y otros DELITOS, así igualmente como otros SENADORES han librado la cárcel gracias a la protección del FUERO CONSTITUCIONAL ¿Díganme, doy nombres?

En nuestro país tener fuero, es tener un privilegio que te otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la Constitución de los Estados Libres y Soberanos, por lo que existen en nuestro país 2 dos tipos de fueros uno es el Fuero Federal y el otro lo es el fueron local.

Se dice que EL FUERO CONSTITUCIONAL no debe de ser utilizado como UNA PROTECCIÒN DE INPUNIDAD POR LA INMUNIDAD que se le otorga al que lo tiene, y de ninguna manera esta PROTECCION es para que las personas que los ostenten o tengan, ’puedan cometer actos delictivos o que lesionen a las personas o a el estado’ Sien embargo en México en la práctica así se hace, y actualmente existen un numero incalculables de funcionarios que basados en el FUERO han cometidos diversos DELITOS y no han sido castigados ni juzgados por los mismos.

Este criterio de beneficio viene desde la época de los Reyes o monarcas quienes se creían que eran seres que eran elegidos por Dios y por eso eran intocables ellos y las leyes que ellos dictaban, dicha creencia hacia a estas personas intocables y que sus determinaciones fueran sin capacidad de reproche o alteración e inapelables, y de estricto cumplimiento para todos.

En la República Mexicana se menciona ’El fuero constitucional se encentra inmerso dentro de la CARTA FEDERAL en el Artículo 61 sesenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos’.

Este fuero es una protección especial que se les otorga durante el tiempo en que duran en sus cargos electos los diputados y senadores y se les otorga esta protección para que no puedan ser sancionados o juzgados en razón de sus opiniones, manifestación de ideas o libertad de expresión, como antes dije cuando en el uso de sus atribuciones se manifiesten defendiendo un derecho o temas durante el desempeño de sus cargos.

Por otra parte, este FUERO o PROTECCIÒN CONSTITUCIONAL solo podrá ser trastocado o quitado, mediante petición del pueblo y estrictamente en cumplimiento èl lo dispuesto por escrito en el Artículo 111º que nos dice como será quitado el FUERO O PRIVILEGIO CONSTITUTUCIONAL.

Ya que, en este artículo, se establece, como se inicia el procedimiento para proceder a DESAFORAR A un funcionario del PODER LEGISLATIVO, JUDICIAL O EJECUTIVO y poder entonces sí proceder penalmente en contra de dichos servidores públicos, y debo de ser claro en este punto se deben de establecer las condiciones y razones con motivación y fundamento legal muy preciso y siempre manifestando a detalle, y de manera a carta cabal ¿Cuál es la necesidad? De que a través de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores en su caso exista en términos legales ’Una declaración de JUICIO de procedencia por parte de la Cámara de Diputados’

Históricamente en nuestro país ha habido ACTOS DE DESAFUERO mediante JUICIOS DE PROCEDENCIA, vienen a mi mente 2 dos muy famosos que pondré como ejemplo… Uno el desafuero del SENADOR JORGE DÌAZ SERRANO que sucedió en la mera época del PRI o PRIISMO como partido político de estado que domino en el país a este por más de 70º setenta años y el 2º segundo otro caso fue en la época del gobierno PANISTA de Vicente Fox donde se ejecutó el JUICIO DE PROCEDENCIA y el desafuero del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México Andrés Manuel López Obrador.

En este 2º segundo caso el de Andrés Manuel López Obrador, hábil como es el político tabasqueño, manipulo a las masas, movió a sus manera el derecho propiciando a fuerzas y a propósito su DESAFUERO, ya que cayó a propósito en desacato ante la orden de un ACATAMIENTO JUDICIAL es decir de un MANDATO JUDICIAL ya que quiso imponer su voluntad de hecho sobre el derecho violando normas y principios constitucionales y el poder judicial en estricto ejercicio de sus facultades ’se lo impidió’ lo que provoco que perdiera el FUERO como JEFE DE GOBIERNO de la CIUDAD DE MÈXICO.

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