1) Se ordena la suspensi贸n hasta 30 de abril de actividades no esenciales
2) No paran actividades de salud, seguridad p煤blica y defensa nacional, actividad legislativa y de procuraci贸n e impartici贸n de justicia; econ贸micas; programas sociales, infraestructura
3. Exhorta a toda la poblaci贸n en territorio mexicano, incluida la que arriba al Pa铆s, a cumplir el resguardo domiciliario.
4. El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a mayores de 60 a帽os y con enfermedades cr贸nico-degenerativas, as铆 como embarazo. Independientemente de si su actividad se considera esencial, sea sector p煤blico o privado.
5. Una vez terminadas las medidas, luego del 30 de abril, la SSA, junto con la SE y ST emitir谩 lineamientos para el regreso escalonado.
6. Se deber谩n postergar, hasta nuevo aviso, todos los censos y encuestas que involucren la movilizaci贸n de personas.
7. Todas las medidas deber谩n aplicarse con apego a los Derechos Humanos.