Nueva LeyMordaza: CÁRCEL y MULTA a quienes difundan FOTOS de ASESINATOS por el Crimen Organizado.


Avanza en DIPUTADOS la LEY de Dignidad Póstuma.

Nueva LeyMordaza: CÁRCEL y MULTA a quienes difundan FOTOS de ASESINATOS por el Crimen Organizado.
Derechos Humanos
Mayo 27, 2022 15:59 hrs.
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En la Cámara de Diputados avanza la prohibición y castigo con cárcel a la difusión periodística de imágenes explícitas de cadáveres cuando se haga sin respeto o consideración a las personas que perdieron la vida y a sus familias.

Con votación dividida, la Comisión de Salud avaló el dictamen de reformas a la Ley General de Salud en materia de dignidad póstuma, que prevé prisión de 6 a 17 años y multa ’a quien difunda imágenes explicitas de cadáveres sin consentimiento de los familiares directos. En el caso de la difusión de imágenes para fines periodísticos se podrá hacer siempre y cuando no se vulnere la dignidad póstuma del cadáver’.
¿En qué consiste la reforma?

El dictamen aprobado contempla modificaciones a 11 artículos de la Ley General de Salud y se determinó que en el caso de imágenes de cadáveres para fines ministeriales habrá excepción.

Pero en el caso de la difusión explícita de cadáveres con fines periodísticos será considerada un delito sancionado con prisión de 6 a 17 años y multa. No se actualizó en Unidades de Medida y Actualización (UMAs) y se mantuvo la suma de 8,000 a 17,000 días de salario mínimo general vigente.
Si en la difusión de imágenes con fines periodísticos intervienen profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas de salud, estos se harán acreedores a ’suspensión de 5 a 8 años en el ejercicio profesional, técnico o auxiliar y hasta 6 años más, en caso de reincidencia’.
En el caso de los dueños o empleados de establecimientos donde ocurra un deceso y no impidan ’por los medios lícitos que tenga a su alcance’ la toma de imágenes para su difusión, se le impondrá de 4 a 9 años de prisión y multa’ que en este caso será de 10,000 a 15,000 días de salario mínimo general vigente.

Además se mantienen las obligaciones al trato digno que personal médico deberá dar durante las necropsias, o los trabajadores de establecimientos funerarios durante el tratamiento de cadáveres.

¿Por qué hay polémica entorno a esta reforma?

La decisión se dio con 21 votos a favor y 2 en contra y 5 abstenciones de legisladores de la Comisión, y en la discusión diputados de Morena, Partido del Trabajo (PT) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) plantearon imponer restricciones al periodismo de ’nota roja’.

Sin embargo, la legisladora de Acción Nacional (PAN) Martha Estela Romo centró el debate en que la Comisión de Salud no puede, a través de reformas a leyes sanitarias, emitir regulaciones al ejercicio periodístico que en todo caso deberían ser contempladas en regulaciones en materia civil.

’Quien regula a los periodistas y la función que tienen no es la ley General de Salud’, dijo. Pidió devolver la iniciativa para ser reenviada a la Comisión de Justicia.

Recordó que ella presentó una propuesta similar, pero a través de la modificación del Código Civil Federal, y está detenida en la Comisión de Justicia desde 2018.

Además el 9 de febrero pasado la priista Lorena Piñón también presentó una iniciativa de modificaciones a ese Código, a la Ley General de Víctimas y la Ley General de Salud.
En cambio, la iniciativa presentada el 15 de marzo por Emmanuel Reyes, de Morena, quien es presidente de la Comisión de Salud, fue dictaminada este lunes 23 de mayo.
A juicio de la panista no se siguió adecuadamente la técnica legislativa, pues no es la Ley sanitaria la que se debe modificar si se busca que en el ejercicio periodístico se respete la dignidad póstuma.
Se habría afectado también el procedimiento legislativo, pues antes de la votación en la Comisión, la morenista Angélica Ivonne Luján solicitó se difundiera la opinión de la Secretaría de Salud y se negó su derecho.

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