La iniciativa plantea incluir en el Código Penal del Estado de México el concepto de ‘Violencia contra la libertad reproductiva’, y especificar que quien cometa este delito será aquel que impida, prohíba u obstaculice a una mujer el decidir libremente el número de hijos a concebir, así como su intervalo de nacimiento, y que limite, prohíba o condicione el acceso a la información y uso de los métodos de salud sexual y anticonceptivos.
’Con ello contribuiremos a erradicar todas las formas de violencia que desgraciadamente destruyen a la mujer. No olvidemos que somos la representatividad de aquellas voces de mujeres que hoy reclaman sus derechos y protección, y es hoy cuando desde esta tribuna podemos hacer un cambio significativo para las mexiquenses’, expuso desde tribuna la legisladora.
Durante la lectura de su iniciativa, la diputada subrayó que los tipos y las modalidades de violencia contra la mujer no son limitativas, por lo que es necesario que ley incluya las mutaciones de la violencia que laceran a las mujeres y no se les deje en un estado de indefensión, para que se castiguen las conductas que atentan contra la integridad física, emocional, psicológica y cualquier otra forma que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Recordó que, de manera particular en lo que respecta a la violencia en contra de la libertad reproductiva, en el periodo ordinario anterior promovió la iniciativa para integrar en el cuerpo normativo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México dicha modalidad, ya que no se encuentra prevista, por lo que actualmente es materia de análisis y estudio en comisiones legislativas.
’Se debe también adicionar la modalidad de violencia en contra de la libertad reproductiva en el Código Penal del Estado de México, a efecto que se tipifique como delito y sea punible para sus sujetos activos’, puntualizó.
Debido a que la ausencia de políticas públicas sobre el tema reduce el rol de las mujeres a la maternidad y también constituye una violación sistemática a sus derechos humanos, causándoles sufrimiento físico y psicológico, la legisladora destacó la importancia de incluir el Capítulo II BIS, relativo a la violencia en contra de la libertad reproductiva, y el artículo 277 Bis al subtítulo Quinto de Delitos de Violencia de Género del Código Penal del Estado de México.
Para su dictamen, la iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia y Para la Igualdad de Género.