Péndulo Político

ENCUESTA CONSTITUCIONAL SIN ÓPTICA

ENCUESTA CONSTITUCIONAL SIN ÓPTICA
Abogacia
Julio 26, 2021 14:01 hrs.
Abogacia ›
Dr. Emiliano Carrillo Carrasco › Informativo Nacional

argumentativa jurídica de aplicación: La pregunta original —juzgar o no a los ex-presidentes— violentaba la Constitución, pues se afectaría la presunción de inocencia, y al implicar que se juzgaba también al neoliberalismo, si es la forma económica hasta la fecha, violenta el artículo 26-(a) de la Ley Federal de Consulta Popular, que exige que la pregunta ’no sea tendenciosa o contenga juicios de valor’. y la SCJN la rechazó y sustituyó con otra que abarca todo y nada, en la que no se ven sus posibles efectos con claridad y que se puede interpretar como uno guste(AL ARBITRIO DE MASAS). El artículo 26 estipula que la pregunta debe emplear ’lenguaje neutro, sencillo, comprensible’. La pregunta no lo cumple es interpretativa, ni son comprensibles sus posibles efectos. A la Corte le faltó autonomía para rechazar una consulta anticonstitucional. El resultado es que la pregunta se le dará la interpretación que cada quien guste; EL PRESIDENTE LA SUYA COMO JEFE DE EDO Y SUS TIPOLOGÍAS DE ACCIONAR; el presidente de la Corte, otra distinta; la oposición y juristas otras más. el eje de interpretación de arbitrio de interpretar al votar por el SÍ en la consulta. La realidad el ciudadano sólo decidirá sobre una amplia posibilidad de investigaciones. LA UTILIZACIÓN DEL ERARIO PÚBLICO EN LOS GOBIERNOS DE MORENA PARA LA ENCUESTA CON MECANISMOS DE ACARREO, INDUCCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN QUE NO HA TENIDO LA RESPUESTA MASIVA, LA DISTRIBUCIÓN DE PROPAGANDA CASA POR CASA.

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