En un sistema donde un ciudadano promedio debe presentar una carta de no antecedentes penales para aspirar a un empleo modesto como ayudante de mostrador o personal de limpieza, resulta paradójico y alarmante que quienes legislan el destino de Jalisco operen bajo un marco legal que parece diseñado para la amnesia jurídica.
El caso de Leonardo Almaguer Castañeda, actual diputado local por el Partido del Trabajo (PT), pone bajo la lupa la fragilidad de los filtros legales y éticos en la política estatal.
Lo que a todas luces se ve como una más de las estrategias vengativas del ejecutivo estatal, por llevar la contra a las imposiciones de Jesús Pablo Lemus Navarro, en torno al ’tarifazo’; que curiosamente han servido para suavizar las discrepancias, igual sucedió con la titular de la FEU, Fernanda "Fer" Romero quien después de realizar un posicionamiento en contra de la medida, fue señalada públicamente de recibir una fuerte suma de dinero mensual, lo que concluyó en una negociación disfrazada de beneficios para la comunidad estudiantil en el pasaje subsidiado.
Algo similar pretendió el ejecutivo estatal como medida de ’negociación’ o de venganza contra Almaguer Castañeda, quien si bien, no es un nombre ajeno a los registros judiciales, curiosamente no había figurado en escándalos públicos, hasta que encabezó la movilización en contra del incremento al pasaje y abanderó la causa social en diversas manifestaciones.
Según fue publicado su pasado en el periódico Mural, En 2004, el hoy legislador purgó una condena de tres años de prisión por su participación en el robo de nueve camiones de cerveza, bajo cargos que incluyeron delincuencia organizada y otros agravantes. Sin embargo, a dos décadas de aquel episodio, el sistema electoral no solo le permitió registrarse, sino que hoy le otorga una curul desde la cual dicta leyes para una sociedad a la que el propio sistema le exige una conducta impecable para sobrevivir laboralmente.

La crítica no recae únicamente en el individuo, quien fue candidato y fue votado, previamente aprobado por los partidos políticos que conformaron la coalición, cuyos filtros pasaron sin efecto en el proceso sino en la laxitud de la Legislación aplicable para el registro de candidaturas en Jalisco.
Al revisar el marco jurídico del Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024, queda en evidencia que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) opera con las manos atadas o, en el peor de los casos, con una venda en los ojos.
De acuerdo con el Artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Jalisco y el Artículo 8° del Código Electoral, los requisitos de elegibilidad son de una tibieza técnica sorprendente respecto al pasado criminal.
Mientras que a un empleado de comercio se le veta por antecedentes menores, la ley para los diputados solo restringe el acceso a quienes tengan sentencias por delitos muy específicos: violencia política de género, abuso sexual infantil, violación, feminicidio, violencia familiar o deudores alimentarios (la denominada Ley 3 de 3).
Cualquier otro delito, por grave que haya sido —como el robo agravado o la delincuencia organizada en el caso de Almaguer—, parece quedar fuera del radar una vez que la pena ha sido purgada o si no se ajusta estrictamente a las causales de la fracción XI y XV de los Lineamientos de Registro.

El mecanismo de verificación del IEPC Jalisco descansa peligrosamente en la buena fe. Según el Artículo 38 de los lineamientos, basta con que el aspirante entregue un escrito con firma autógrafa donde, "bajo protesta de decir verdad", manifieste que cumple con los requisitos.
Este modelo de "auto-certificación" convierte el registro de candidaturas en un trámite burocrático de recepción de documentos más que en una auditoría de integridad. El sistema SIRC (Sistema de Registro de Candidaturas) recibe PDFs legibles, pero no tiene la facultad —o la voluntad legislativa— de contrastar el historial criminal de los candidatos con las bases de datos de la Fiscalía, a menos que se trate de los delitos de violencia de género antes mencionados.
La disparidad es ofensiva. La normativa actual permite que un ex convicto por delincuencia organizada acceda al Poder Legislativo simplemente porque su delito no figura en el catálogo restrictivo de los lineamientos electorales. Mientras tanto, la punición social y laboral para el ciudadano de a pie es permanente; una mancha en el historial crediticio o un antecedente penal por un error de juventud son barreras insuperables para el empleo formal.
El caso de Leonardo Almaguer Castañeda evidencia que el marco legal de Jalisco no funciona como un filtro de idoneidad, sino como un colador de gran apertura que permite el paso de perfiles con pasados oscuros, siempre y cuando cumplan con el papeleo administrativo.
Si la ley exige honorabilidad a quien busca un empleo básico, es imperativo que la legislación electoral deje de ser un refugio de omisiones y comience a exigir, por lo menos, la misma pulcritud a quienes ostentan un cargo público.