Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
Marcelo Ebrard Casaubón, Secretario de Relaciones Exteriores
Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación
Estimada Jefa de Gobierno y Secretarios,
Nosotras, organizaciones y albergues de la sociedad civil expresamos nuestra consternación sobre el cierre repentino del Albergue para Migrantes Tláhuac de la Ciudad de México que se abrió el pasado 29 de marzo, después de que los albergues y organizaciones en la Ciudad de México llevaban más de 6 meses solicitando un lugar donde las personas migrantes y solicitantes de asilo pudieran quedarse mientras recibían información sobre sus derechos y posibilidades para recibir protección en México o Estados Unidos.
Consideramos que el cierre repentino del albergue, sin una alternativa, representa una violación a la LEY DE INTERCULTURALIDAD, ATENCION A MIGRANTES Y MOVILIDAD HUMANA EN EL DISTRITO FEDERAL que en sus artículos 10 y 13 establecen lo siguiente:
Artículo 10.- Las y los huéspedes tienen derecho a acceder a los programas sociales que esta ley establece, así como a los servicios aplicables de la administración pública. No obstante, para aquellas personas que tengan una mayor vulnerabilidad por motivos sociales y económicos, la Secretaría adoptará las medidas especiales que sean necesarias para favorecer su acceso a los mismos.
Artículo 13.- En el Distrito Federal las personas de distinto origen nacional, huéspedes, migrantes y sus familiares, sin menoscabo de aquellos derechos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los instrumentos internacionales aplicables, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y demás ordenamientos aplicables, tienen derecho a:
Gozar de las garantías y libertades fundamentales, con plena seguridad jurídica en un marco de igualdad y equidad entre mujeres y hombres;
Decidir sobre su libre movilidad y elección de residencia;
Regularizar su situación migratoria y acceder a un trabajo digno que integre libertad, igualdad de trato y prestaciones, así como contar con una calidad de vida adecuada que le asegure la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y educación pública en sus diversas modalidades, de conformidad con la legislación aplicable;
Nos sorprende que, estando, trabajando día con día con la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social (SIBISO), encargada a través del artículo 24 de la implementación de la Ley, no nos haya informado del desalojo de las personas en el albergue, ni a dónde las están llevando, ni cuáles alternativas de protección van a otorgarles en la Ciudad de México.
Por lo anterior, y en ejercicio del derecho a la información, requerimos saber a dónde están transportando a las personas, quiénes las están transportando y qué garantías de protección están ofreciendo, especialmente a las familias y niñas, niños y adolescentes. Así mismo, quisiéramos saber por qué se tomó la decisión de cerrar el albergue y a dónde deberíamos canalizar a las personas que siguen llegando a la Ciudad de México para buscar hospitalidad en esta Ciudad Intercultural.
Atentamente,
Apoyo a Migrantes Venezolanos
Casa de Acogida, Formación y Empoderamiento para Mujeres y Familias Migrantes y Refugiadas (CAFEMIN)
Casa Frida
Casa Fuente
Casa Nazaret
Casa San José de los Obreros
Centro constitución CECADRO
Federación de la Diáspora Haitiana
Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI)
PRAMI (Programa de Asuntos Migratorios de la Universidad Iberoamericana CDMX)
Risas Venezuela ONG
Sin Fronteras IAP
Ustedes Somos Nosotrxs
Venemex