Bando de gobierno texcocano por encima de la Carta Magna


11 Regidores, síndico y alcaldesa ponen precio a la libertad de expresión y se pasan por el arco del triunfo los artículos 6y7 de la Carta Magna y el artículo 19 de la Declaración Universal de Herechos Humanos.

Bando de gobierno texcocano por encima de la Carta Magna
Derechos Humanos
Enero 31, 2020 10:26 hrs.
Derechos Humanos ›
Joaquín Bojorges › Informativo Nacional

El Gobierno municipal de Texcoco viola flagrantemente la libertad de expresión y la libertad de difundir opiniones, consagrados en sus aurículas sexto y séptimo de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ello sale a relucir en la reciente sesión de cabildo donde la alcaldesa Sandra Luz Falcón Venegas y la mayoría de los regidores aprueban el cobro para poder difundir las ideas ya sea por voceó o panfletos y quien no cuente con su ’permiso’ será sancionado con un pago que va de los 4 a 30 UMA, es decir, $347.52 a 2,606.4 pesos.

Referente a este atentado contra las garantías individuales de la ciudadanía texcocana, fue aprobada por 13 de 15 integrantes de cabildo, solamente los regidores David Heine Dávalos Osorio y Wendy Maria Jiménez Alcántara cuestionaron y votaron en contra de este atentado a la libertad de expresión.

Referente al tema el octavo regidor de nombre David Heine Dávalos Osorio en entrevista calificó de atroz esta flagrante violacion a la constitución política de México, pues ninguna ley o reglamento puede estar por encima de la Carta Magna.

’Resulta anticonstitucional aprobar un reglamento que trasgreda los derechos del ciudadano y no se puede permitir, pues bajo el pretexto de ’Vivir bien’ se condicione y ponga precio a la manifestación de las ideas y a la difusión de las opiniones’ puntualizó tajantemente el octavo regidor.

En vista de que a 11 regidores, síndico y alcaldesa desconocen los artículos que violentaron a su conveniencia aquí les transcribimos los artículosconstitucionales que violentaron.

Artículo 6º. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresiónes.

Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Mientras que en su bando se contempla esta multa
Artículo 182.- Se impondrán una multa de 4 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA),( 347.52 pesos a 2,606.4 pesos) conmutable por un arresto de 3 a 20 horas a quien:
XVI.- Se encuentre volanteando, repartiendo propaganda con o sin fines de lucro sin portar y mostrar el permiso, la licencia o autorización de la autoridad competente;
XVII.- Realice perifoneo en la vía pública sin portar y mostrar la autorización de la autoridad competente;

Es así como en Texcoco, municipio donde según la alcaldesa se fundó la 4T se aprueban reglamentos que trasgreden violentamente las garantías individuales de los mexicanos; así como el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece lo siguiente

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Ver nota completa...

Escríbe al autor

Escribe un comentario directo al autor

G-Y68CNH823N

Bando de gobierno texcocano por encima de la Carta Magna

Éste sitio web usa cookies con fines publicitarios, si permanece aquí acepta su uso. Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de uso de cookies.
G-Y68CNH823N