COMENTARIO A TIEMPO

APROBADA LA LEY GENERAL CONTRA LA EXTORSIÓN

APROBADA LA LEY GENERAL CONTRA LA EXTORSIÓN
Abogacia
Noviembre 21, 2025 10:12 hrs.
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Teodoro Rentería Arróyave › Informativo Nacional

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La "Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión" fue recientemente aprobada por unanimidad por el Senado de la República con algunos cambios y por tanto devuelta a la Cámara de Diputados, que sin duda los aprobará.

He recurrido a la Inteligencia Artificial, IA, por primera vez, y después de considerar y revisar la veracidad de su contenido, vamos a exponer los 10 principales puntos clave de dicha iniciativa de ley, como advierte la mencionada plataforma, basada en la información disponible hasta el momento.

Antes nos vamos a referir a algunas voces discordantes, mismas que afirman que la flamante ley llega tarde, lo cual es bien cierto, pero más vale tarde que nunca, por ello vamos a relatar dos historias o dos experiencias:

Hace 20 años en aquel entonces Delegación Álvaro Obregón, un amigo colega ya fallecido, me abstenga del nombre, me llamó para auxiliarlo ante el abuso de unos policías del Distrito Federal quienes habían provocado un alcance del vehículo que conducía contra su patrulla, según los uniformados mi amigo presentaba aliento alcohólico por lo que lo llevaron al cajero bancario más cercano y le vaciaron su cuenta so pena de remitirlo a la delegación más próxima. Cuando llegue el atraco se había cometido.

Hace 14 años, mi consuegro catalán y corresponsal de Libertas Comunicación, Joan Vila, conducía el automovil de Cuernavaca a Interlomas, Estado de México, al entrar en la Delegación Tlalpan, se topó con un ’clavadista’, un sujeto que hace creer que que fue atropellado, con la experiencia anterior trate de llegar lo antes posible, ni modo, todo se había arreglado con el apoyo de policias cómplices por doscientos pesos.

En ambos casos fueron temas de mis respectivas entregas del Comentario a Tiempo. Vamos directos a los 10 puntos enunciados de la novedosa LEY CONTRA LA EXTORSIÓN, que desde luego tiene más alcances que las relatadas en las experiencias personales, puesto que más que una ley federal es una ley de caracter general, de extricto cumpliendo en todo el país.

1. Persecución de oficio: El delito de extorsión se perseguirá de oficio en todo el país. Esto significa que la investigación y sanción ya no dependerán de que la víctima presente una denuncia formal.
2. Penas más severas: Se establece una pena base de entre 15 y 25 años de prisión. Las penas podrían incrementarse hasta 42 años, dependiendo de las agravantes.
3. Agravantes por uso de datos personales: Se contemplan penas mayores (hasta 20 a 37 años, y hasta 42 años con otras agravantes) cuando se utilicen datos personales de la víctima para coaccionarla.
4. Tipificación de diversas modalidades: La ley busca unificar y castigar diversas formas de extorsión, incluyendo el "cobro de piso", la extorsión telefónica, el delito cometido por los llamados "montachoques", y la extorsión a migrantes, comerciantes y trabajadores agrícolas.
5. Competencia del fuero federal: La ley faculta al Congreso de la Unión para expedir una ley general en la materia, lo que permite homologar las sanciones y criterios de investigación a nivel nacional.
6. Número único de denuncia (089): Se busca consolidar el número 089 como el medio único para denuncias anónimas, facilitando la denuncia y la cancelación inmediata de las cuentas telefónicas utilizadas para extorsionar.
7. Creación de unidades especializadas: La ley prevé el despliegue y operación de células de inteligencia y unidades especializadas contra la extorsión, aunque ha habido debate sobre el financiamiento adecuado para su implementación.
8. Protección de los derechos humanos: Se incluyen medidas para proteger los derechos humanos de las víctimas y se considera un enfoque de género y especializado en la atención.
9. Combate integral y prevención: La ley forma parte de una estrategia nacional que incluye políticas preventivas y educativas para combatir este delito de alto impacto social. y
10. Armonización con códigos penales locales: La naturaleza de ley general permitirá que los estados armonicen sus códigos penales para combatir el delito de manera unificada en todo el país.
Sí, la Ley llega retrasada ante tal agravio, por lo tanto es de repetirse: ’Mas vale tarde que nunca’.

Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional, Académico de Número y director de Comunicación de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y el portal: www.irradianoticias.com

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