Micrófono Abierto
Ana Celia Montes Vázquez
En un hecho que resulta interesante, diputados en sesión reciente aprobaron que los fondos generados por los trabajadores al servicio del Estado, léase los afiliados al ISSSTE, que no sean reclamados pasen a ser parte del propio ISSSTE cuando estos trabajadores fallezcan, lo cual de seguro será extensivo a sus similares en todas las entidades federativas. De alguna manera ya sucedía esto, por desgracia, lo inquietante es que ahora ya es legal aunque cabe la posibilidad de que los beneficiarios realicen la respectiva reclamación; lo también interesante será ver cómo será el proceso de reclamación. Siempre se ha sabido por experiencias ajenas que el fondo de ahorro generado a lo largo de años de toda una vida dedicada al trabajo honrado y laborioso, con todo y las satisfacciones y dificultades que implican, pero ahora es legal que esos recursos monetarios pasen a forma parte de otro fondo de ahorro no muy identificado, así como una especie de "fosa común" para el dinero no reclamado y con no muy diáfano destino.
El ISSSTE establece que quienes tienen derecho a reclamar esos recursos son los beneficiarios del trabajador o trabajadora, y de igual forma establece que sólo sean los progenitores, los hijos o el o la cónyuge por supuesto que con la respectiva identificación y designación adjuntando senda acta de nacimiento, matrimonio o de comprobación del concubinato, todo lo cual resulta difícil dadas las actuales condiciones de las nuevas formas de familias y relaciones parentales. Dicho de otra manera, ni en vida ni en muerte se podrá disponer lo que por justicia se trabajó, y, por desgracia también, estamos los profesores.